COMO CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA EN PANAMA.  


El proceso para constituir una Sociedad Anónima en Panamá es sencillo y el mismo puede tomar de 2 a 5 días.

Para constituir una sociedad Anónima en panamá, necesitamos de su parte de forma inicial la siguiente información:

  • El nombre de la sociedad. Debe incluir alguna de las siguientes palabras o abreviaturas: Corporation (Corp.); Incorporation (Inc.); o Sociedad Anónima (S.A.). Se permiten nombres en idiomas extranjeros. La disponibilidad de nombres debe ser verificada con el Registro Público. Nombre(s) disponible(s) puede(n) ser reservado(s) por un período de 30 días renovables, si se desea, a un costo de US$30.00 cada uno.

  • Los objetos específicos de la sociedad. Generalmente se utilizan objetos amplios y generales; sin embargo, se puede hacer mención en el pacto social, de ciertos objetos específicos para los cuales se organiza la sociedad, si así se desea.

  • La cantidad del capital social autorizado, indicando también el número de acciones y su respectivo valor nominal.
  • El tipo de acciones - nominativas y/o al portador, comunes y/o preferidas, y la clase de acciones - clase A o clase B (cuando sea pertinente), con o sin derecho a voto, así como también cualquier derecho y/o restricción que se desee establecer.

  • La ley requiere un mínimo de tres (3) directores, quienes pueden ser personas naturales o entidades jurídicas. Para personas naturales se requiere los nombres completos (no se permiten iniciales) y las direcciones. Para entidades jurídicas se requiere nombre(s) oficial(es) completo(s) y dirección(es), junto con una certificación notarizada y apostillada (o autenticación de cónsul panameño), de la autoridad competente de la(s) jurisdicción(es) correspondiente(s), indicando que la entidad está legalmente vigente y quién es su representante legal. Si se desea, abogados locales y las compañías de administración proveen los servicios de directores en base a honorarios anuales.

  • Los nombres completos de los primeros dignatarios: presidente, secretario y tesorero. Estos pueden ser personas naturales o entidades jurídicas. Los vicepresidentes y otros dignatarios son opcionales. Los directores también podrán actuar como dignatarios. Los directores y dignatarios no tienen que ser accionistas, ni ciudadano panameños, o residentes en Panamá.

  • La duración de la sociedad, que puede ser perpetua.

  • Nombre y dirección del Agente Residente: un abogado o una firma de abogados local.

  • Domicilio de la sociedad: dirección registrada

Si desea constituir una Sociedad Anónima en Panamá nos pondremos en contacto con usteduna vez llene este FORMULARIO.





 
 
 
    
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